NOVEDADES
Mayo 26, 2021
PEN Reglamentación de los cambios en el Impto. a las Ganancias para empleados, jubilados y otros

El Poder Ejecutivo Nacional reglamento el dia de ayer 2505/2021, las modificaciones del impuesto a las ganancias para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados. Es importante tener en cuenta que esta pendiente la reglamentación de AFIP para poder aplicar los cambios.

En tal sentido se establece:
* Se aclara que la remuneración y/o haber bruto mensual comprende todos los importes que se perciban ya sea en dinero o en especie, se encuentren o no sujetos a aportes y/o contribuciones y se encuentren exentos o no en el impuesto.
* La nueva deducción aplicable a las remuneraciones y/o haberes brutos de hasta $150.000 mensuales que hace que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero, será computable en forma mensual.
* Se prevé que para que resulten procedentes las exenciones en concepto de bono por productividad, fallo de caja o sobre el SAC, se deberá realizar un promedio anual de la remuneración y/o haber bruto mensual. Asimismo se aclara que la exención aplicable al bono por productividad debe provenir de incrementos medibles de la producción.
* Los fallos de caja comprenden las sumas que se paguen por el riesgo de reposición por faltantes de dinero o valores, a aquellos sujetos que efectúan cobranzas o pagos de los mismos.
* Se lo hace responsable al agente de retención -empleador- del adecuado cumplimiento de las normas del impuesto a las ganancias.
* Se establece que la deducción del conviviente procede una vez que la misma se encuentre registrada de conformidad con lo dispuesto en el código civil y comercial.
* El cómputo de la deducción por hijo con discapacidad para el trabajo se aplica aunque tenga más de 18 años de edad.
* Con respecto a las exenciones aplicables al personal militar se establece que se encuentran sujetos a exención los suplementos ya existentes al 21/4/2021 y no aquellos que se implementen con posterioridad a dicha fecha.

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