El Poder Ejecutivo por medio del Dto.714/22, indico que no sufriran retenciones en el impuesto a las ganancias las remuneracion y/o haber bruto desde las sumas devengados desde 11/2022, por la suma de hasta $330.000.-
Para aquellos sujetos que esten entre $330.000.- y $431.988.- entraran en el rago 2 del impuesto, beneficiandose con una deduccion mayor.
Para los sujetos con sumas superiores a los $431.988.- no gozaran de ningun beneficio y deberan tributar el impuesto a las ganancias normalmente.