A traves de la RG 5423 AFIP establece dentro de la Resolucion 830, la incorporacion de un nuevo código "119" para aplicar sobre las retenciones del impuesto a las ganancias a los profesionales liberales y oficios con vigencia desde el 01/10/2023.
Este nuevo régimen de retención tiene un monto no sujeto a retención de $160.000.- y la alícuota será progresiva de acuerdo a una escala específica.
Recordamos que dichos sujetos estaban anteriormente incluidos en el código 116, el cual ahora solo incluirá a los albaceas, a los mandatarios y a los gestores de negocios.
A los efectos de la retención correspondiente a los pagos efectuados bajo el código 119, podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre el código de régimen 116, considerando los montos no sujetos a retención y la escala y alícuotas aplicables al código de régimen 119.