NOVEDADES
Julio 31, 2017
Nuevo Plan de facilidades AFIP - Puente Fiscal

Se podrá acceder a este plan de facilidades desde el 01/08/2017 al 31/10/2017, debiendo cumplimentar con los requisitos formales estipulados.

Se podrán incluir las siguientes obligaciones:

  • Deudas vencidas entre el 01/06/2016 al 31/05/2017, ambos inclusive.
  • Deudas provenientes de la regularización de los actuales planes de pagos. Excepto los planes permanentes.

Quedan excluídas las obligaciones:

  • IVA Trimestral e IVA diferido para PYMES.
  • Planes permanentes vigentes (excepto reformulación).
  • Impuesto a los combustibles líquidos.
  • Deuda aduanera.
  • Multas.
  • Retenciones y percepciones con destino al Régimen de Seguridad Social.
  • Aportes y contribuciones del personal de casas particulares.

Para poder adherirse, se deberá abonar un pago a cuenta que se calculará en base a la categoría SIPER de cada contribuyente, el cual deberá ser abonado mediante VEP y será equivalente al:

  • 5% de la deuda consolidada, para las categorías A, B o C.
  • 10% de la deuda consolidada, para las categorías D y E, y aquellos que no se encuentren categorizados en el sistema.

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto de cada una deberá ser igual o superior a $1.000.- Las cuotas se cancelarán mediante débito directo en la CBU informada y seleccionada al generar el plan. Las mismas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión. En caso que no se formalice el debito en el primer vencimiento, se procederá a realizar un nuevo intento de débito el día 26 del mismo mes, junto a sus respectivos intereses resarcitorios calculados a dicha fecha. Ante la falta de pago de mas de dos cuotas, opera la caducidad del plan de facilidades.

Tasa de financiación:

1) Para los planes que se consoliden entre el 01/08/2017 y el 30/09/2017, ambas fechas inclusive:

  • 2% nominal anual para las Micro y Pequeñas Empresas que, a la fecha de consolidación, cuenten con la caracterización respectiva.
  • 4% nominal anual para los restantes responsables.

2) Para los planes que se consoliden entre el 01/10/2017 y el 31/10/2017, ambas fechas inclusive:

  • 6% nominal anual para las Micro y Pequeñas Empresas que, a la fecha de consolidación, cuenten con la caracterización respectiva.
  • 8% nominal anual para los restantes responsables.

 

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