Se podrá acceder a este plan de facilidades desde el 01/08/2017 al 31/10/2017, debiendo cumplimentar con los requisitos formales estipulados.
Se podrán incluir las siguientes obligaciones:
Quedan excluídas las obligaciones:
Para poder adherirse, se deberá abonar un pago a cuenta que se calculará en base a la categoría SIPER de cada contribuyente, el cual deberá ser abonado mediante VEP y será equivalente al:
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto de cada una deberá ser igual o superior a $1.000.- Las cuotas se cancelarán mediante débito directo en la CBU informada y seleccionada al generar el plan. Las mismas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión. En caso que no se formalice el debito en el primer vencimiento, se procederá a realizar un nuevo intento de débito el día 26 del mismo mes, junto a sus respectivos intereses resarcitorios calculados a dicha fecha. Ante la falta de pago de mas de dos cuotas, opera la caducidad del plan de facilidades.
Tasa de financiación:
1) Para los planes que se consoliden entre el 01/08/2017 y el 30/09/2017, ambas fechas inclusive:
2) Para los planes que se consoliden entre el 01/10/2017 y el 31/10/2017, ambas fechas inclusive: