La AFIP estableció a traves de la RG 4682/2020 que desde hoy hasta el 31/03/2020, ambas fechas inclusive, la feria fiscal extraordinario. Por lo que no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.
Es importante destacar que la presente medida no implica la modificación de los vencimientos de presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones