Les acercamos las nuevas medidas, reglamentaciones y aclaraciones tomadas por los diferentes organismos al miércoles 06/05/2020 respecto del COVID-19
Se detallan las diferentes medidas a fin de mitigar las consecuencias del aislamiento:
a) ARBA RN 26/2020: Se considera abonado en término hasta el 15/07/2020 el periodo 03/2020 sobre los II.BB de contribuyentes locales, cuyo vencimiento operaba en el mes de abril.
b) ANSES – (IFE) Ingreso Familiar de Emergencia: El jefe de gabinete informo que se extiende para el mes de abril, el pago del IFE el cual será abonado en el mes de mayo.
c) BCRA Com. B12002: Se dispone que los movimientos relacionados con el Crédito a Tasa Cero deberán ser identificados en los resúmenes y extractos correspondientes a las tarjetas de crédito con la leyenda “ATP Gobierno Nacional”.
d) Suspensión de cierre de cuentas bancarias: El Poder Ejecutivo suspende hasta el 30/06/2020 el cierre de cuentas bancarias y rechazo de cheques, cuando la razón sea la falta de fondos.
e) Acuerdo para disponer de suspensiones de trabajadores: Se firmaron convenios para regular la suspensión en el marco del Art. 223 bis de la LCT, para los empleadores de comercio, gastronómicos, mecánicos y otros.
Respecto a COMERCIO, se suscribió el convenio de emergencia para la suspensión de actividades con el fin del sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva. Los principales puntos son:
f) Créditos para afrontar el pago de salarios: El Ministerio de Desarrollo Productivo comunico que la línea de crédito con tasa del 24% para las PYMES a fin de financiar el pago de los sueldos, estará vigente para los meses devengados de abril y mayo.
Las empresas beneficiadas por el salario complementario (ATP), podrán solicitar este crédito para poder abonar la otra parte del salario a sus trabajadores.
Recordamos que este crédito, tiene una tasa fija del 24% por un año, con un periodo de gracia de 3 meses y como requisito las empresas deberán presentar ante la entidad financiera el certificado PYME.