NOVEDADES
Junio 24, 2020
Medidas tomadas por diferentes organismos en consecuencia del ASPO al 24/06/2020

 

Les acercamos las modificaciones, aclaraciones y nuevas medidas tomadas por los diferentes organismos al miércoles 24/06/2020 respecto del COVID-19

 

  • MEDIDAS DE EMERGENCIA:

a) ANSES: Informa que comenzara a acreditar en las CBU indicadas, la segunda cuota de $10.000.- del (IFE) Ingreso Familiar de Emergencia, según el siguiente cronograma

Terminación DNI

Fecha acreditación

0

23-jun

1

24-jun

2

25-jun

3

26-jun

4

29-jun

5

30-jun

6

01-jul

7

02-jul

8

03-jul

9

06-jul

 

b) Jefatura Gabinete de Ministros – ayudas: A través de una gacetilla de prensa anuncio la tercera etapa de diferentes ayudas a fin de mitigar el Aislamiento y Distanciamiento social preventivo y obligatorio

  • Beneficio ATP para el pago de los sueldos de junio que se deben abonar en el mes de julio, serán destinados hasta 2 salarios mínimos vitales y móviles (es decir $33.750.-) para los empleadores que deban cumplir el aislamiento, y de 1 salario mínimo vital y móvil (es decir $16.875.-) para los empleadores que estén en la fase de distanciamiento.
  • Crédito tasa 0% se extenderá hasta finales del mes de julio.
  • Líneas de Crédito a cargo del BCRA para el sector productivo con tasa del 24% y para cooperativas del 18%. Nueva línea de crédito “Línea Pyme Plus” que está dirigido a un universo de Pymes que nunca antes hayan solicitado un crédito bancario.
  • Al momento no hay información respecto de las restricciones que pudieran provocar la implementación de estas medidas en las pymes.

 

c) BCRA Com A7048: ratifica la prorroga dispuesta por el PE en el Dto. 544/2020 respecto al cierre de cuentas, cheques rechazados, cajeros automáticos y deuda sobre créditos tomados, informada en nuestra novedad del día 19/06/2020.

 d) ANTEPROYECTO MORATORIA: Se dio a conocer el anteproyecto respecto de la prórroga de la moratoria dictaminada por la Ley 27.541. Sus principales características serian:

  1. Extender el periodo de obligaciones que pueden regularizarse, hasta las vencidas al 31/05/2020.
  2. La fecha de acogimiento será hasta el 31/10/2020.
  3. La primera cuota del plan debe ser ingresada hasta el 16/11/2020.
  4. Se permite el acceso a los contribuyentes NO PYMES, pero bajo determinadas condiciones:
    • Menor cantidad de cuotas
    • Imposibilidad de distribuir utilidades o dividendos, hasta la finalización del ejercicio fiscal y por los siguientes 24 meses.
    • Existen restricciones al acceso de moneda extranjera por el mercado único y libre de cambios para realizar pagos de beneficio neto de cualquier categoría y cualquier beneficiario del exterior, que revistan la condición de sujetos vinculados.

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