En el día de la fecha se publicaron nuevas medidas respecto de compra de bienes y servicios en moneda extranjera y para el acceso al mercado de cambio:
a) AFIP, a través de la RG 4815, establece desde el 16/09/2020 un régimen de percepción con la tasa del 35% que se aplicara sobre las operaciones alcanzadas por el impuesto PAIS (según Ley 27.541 12/2019), están operaciones son:
EXCLUSION: Prestaciones de salud, compra de medicamentos, libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
Esta percepción será considerada como pago a cuenta del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales, y si es contribuyente Monotributista el cual no podrá deducirse esta tasa, será susceptible de solicitar la devolución en afip luego de terminado el año calendario en el que se le percibió.
b) El BCRA mediante la Comunicación A7105, dispuso nuevas medidas sobre los depósitos de ahorro en moneda extranjera, ya sean cajas de ahorro, cuentas sueldos, etc. A fin que haya un control de los depósitos, debiendo acreditar la justificación en ingresos que no sean por planes sociales, sistema previsional. Para ello se generara una consulta en ANSES para que la operación este correctamente avalada.
c) El BCRA mediante la Comunicación A7106, estableció una nueva restricción al acceso de divisas a partir del 01/09/2020 por los consumos realizados en moneda extranjera con tarjeta de débito y/o crédito, los cuales se tomaran a cuenta del cupo mensual de u$200.- que se permite hasta el momento y el exceso será absorbido en los meses subsiguientes.